miércoles, 2 de noviembre de 2011

NOTA DE ENRIQUE PONCE INTENDENTE ELECTO DE SAN LUIS

¿Nuevo revés para Alberto por parte de la CSJN? Y a todo esto que va a hacer Alicia Lemme ahora?

de Enrique Ponce Intendente 2011, el Martes, 03 de mayo de 2011, 14:10

Cuando decidí abrir este espacio en internet pretendí generar una discusión política que ponga la mirada en las cosas importantes, diferenciándome de aquellos que solamente se están dedicando políticamente a ser candidatos con fines personales sin decirle a la gente qué piensan hacer si llegan a ser electos, o que piensan de lo que está ocurriendo en la ciudad o en la provincia todos los días y que afecta a la gente, por acciones que la mayoría de las veces son de responsabilidad de la Intendente Lemme y del Gobernador Rodríguez Saa por ser las máximas autoridades locales.
En este caso quiero formularme algunas preguntas para que entre nosotros mismos las respondamos y así tratemos juntos de profundizar el nivel de discusión política.
Para aquellos que no se enteraron aún -o para el caso de aquellos que sí se enteraron pero que no quieren informarle a la gente porque no les conviene que lo sepan, -como suelen hacerlo Alicia Lemme y Alberto Rodríguez Saa- les digo que pienso que una vez más la provincia va seguramente a un nuevo revés (el último fue el que les comenté en mis notas anteriores de la Ruta Nacional 7) ante la Nación, en este caso por la demanda que iniciará la misma contra la provincia por la ilegítima expropiación de las tierras del Ferrocarril.
Pues bien, la Procuración General de la Nación mediante el dictamen que abajo reproduzco, se pronunció a favor de que la CSJN se avoque por ser competente al pedido de suspensión de las obras que Alberto Rodríguez Saa inicio de la autopista sobre las vías del ferrocarril.
El Ministerio Público de la Nación opinó que la CSJN deberá decidir prontamente respecto de si es lícita o no la ley provincial y el Decreto del Ejecutivo provincial de expropiación de esas tierras y si dará lugar o no al pedido de la Nación de suspender las obras mediante esta cautelar para evitar mayores perjuicios.
A todo esto que están haciendo los Concejales que no tratan este tema en el recinto y presentan un pedido de informe a la Intendente Lemme? Lo mismo me pregunto con los diputados.
Quizás es más importante seguir negociando candidaturas para las próximas elecciones que ocuparse de acciones irresponsables de Alberto Rodríguez Saa que seguirán ocasionando perjuicios a San Luis.


“ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) CI SAN LUIS, PROVINCIA DE s/ medida cautelar”.
- JUICIO ORIGINARIO S.C., A.l8l, 1. XLVII

Suprema Corte:
-I-
A fs. 241/260, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF S.B.), con fundamento en lo dispuesto en los arts. 2° y 3° de la ley nacional 26.352 de Sociedades de Administración de Infraestructura Ferroviaria y 4° del decreto PEN 752/08 y en la Resolución 1413/08 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, solicita una medida cautelar, en los términos del art. 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, destinada a la futura demanda que iniciará contra la Provincia de San Luis, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la ley provincial V– 0730-2010 y del decreto provincial 55 - MHP - 2011.
Cuestiona la ley, en cuanto declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los terrenos que le pertenecen al Estado Nacional que individualiza en el punto II de su escrito de inicio -ubicados entre los kilómetros 1190 y 104 del ramal ferroviario ex- línea General San Martín que recorre la Ciudad de San Luis- y el decreto 55-MPH-2011, lo impugna en tanto declaró "vacantes" las parcelas 1 y 5 designadas en aquella ley y con ánimo de dueño a la provincia, además de adoptar otras medidas.
Sostiene, por un lado, que la pretensión expropiatoria de la Provincia de San Luis impide el ejercicio de las competencias del Gobierno Federal sobre dichos terrenos y, por otro, que con el dictado del decreto procede a su• desapoderamiento, contradiciendo la propia ley de expropiación, todo lo cual viola lo dispuesto por los arts. 14, 17, 18, 31 y 75 de la Constitución Nacional.
Por lo tanto, solicita la concesión de una medida cautelar por la cual la provincia se abstenga de aplicar la ley V - 0730 - 2010, se suspenda la ejecución del decreto provincial 55 - MHP - 2011 y se disponga que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis tome razón de las medida cautelar solicitada.
Además, requiere una medida cautelar innovativa por la cual se ordene la suspensión de la ejecución de los trabajos que se están llevando a cabo en tales terrenos.
A fs. 261, V.E. corre vista por la competencia, a este Ministerio Público.

-II
Ante todo, es dable señalar que resulta aplicable al sub lite, el art. 6, inc. 4°, del Código: Procesal Civil y Comercial de la Nación, según el cual, en las medidas cautelares, será juez competente el que deba conocer en el proceso principal.
Por ende, es necesario determinar si tal pretensión principal corresponde a la competencia originaria del Tribunal.

-III
A mi modo de ver, el pleito corresponde a la instancia originaria de la Corte ratione personae. En efecto, toda vez que una entidad nacional, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado -con derecho al fuero federal, según lo dispuesto en el arto 116 de la Ley Fundamental- demanda a la Provincia de San Luis -a quien le concierne la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el arto 117 de la Constitución Nacional entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia originaria (Fallos: 310:211; 312:1050; 314:830; 315:310, entre otros).
S.C., A.l81, 1. XLVII
En consecuencia, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal.

Buenos Aires, 28 de abril de 2011.
LAURA M. MONTI



2 comentarios:

Anónimo dijo...

Dr. Ponce
1) quienes lo votamos no le dimos un cheque en blanco ,queremos investigacion y castigo a los responsables de persecusiones politicas, de los que dieron perrogativas al funcionamiento de explotaciones sin cumplir con la ley y ordenanzas, a la venta de carnet de conductor , a los medicos que expendian certificados medicos para el carnet sin revisar al solicitante , etc.
Usdted recibira el total apoyo de los votantes, si es necesarioo iremos al concejo deliberante y le solicitaremos de" buen modo , que no jhagan oposicision por oposicion ,si no cumplen nos ocuparemos de investigar sus patrimonios ,y denunciar a afip si consideramos enriquecimiento desmedidos , les pediremos de buen modo a sus hijos a la salidade lasescuelasque les pidan a sus papas que no se opongan a ordenanzas que sean para el bien del pueblo.
ponce es una cabeza de playa para la democracia en san luis y que termine con la explotacion de sueldos en negro

Anónimo dijo...

porque sera que ponce no gano el consejo deliberante , sera porque la gente no quiso votar a un candidato polemico como laborda ,para peor pusieron la foto en el voto , podra ser un infiltrado de saa ?,para que la gente no votara esa lista, le salio bien . yo a la lista de concejales vote en blanco ,ninguna lista me representaba menos la que aparece la foto de alguien que las malas lenguAS LO RELACIONAN CON SAA Y CON VERBEKE